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Plan Renove Turismo, también para hostelería

El ICO, en estrecha colaboración con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, será la entidad encargada de articular cómo se llevará a cabo este plan de préstamos para lo que, al cierre de esta edición, aún estaba definiendo qué entidades bancarias tomarían parte en el mismo así como la concreción de los contratos y requisitos necesario para adherirse al plan. Éste estará dirigido especialmente a PYMES y lo que sí está claro ya es está previsto que se caracterice por su flexibilidad de cara a impulsar la rehabilitación de los establecimientos turísticos, cuyo resultado redundará en la mejora de la calidad y la sostenibilidad de las infraestructuras turísticas. Se trata de un plan que persigue mejorar el equilibrio entre el turismo y el entorno ambiental y urbanístico, adaptar la actividad turística al nuevo modelo turístico a través de la diversificación del producto y segmentación de la demanda.
¿Quiénes podrán acogerse a este plan? tanto establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos turísticos o alojamientos rurales como empresas de restauración, de oferta turística complementaria o agencias de viajes y entre los criterios para su concesión se valorarán aquellas inversiones que contribuyan a incrementar el valor añadido del producto como mejoras para el ahorro energético y la conservación y mejora del medio ambiente; inversiones encaminadas a la implantación de sistemas de calidad, mejoras de accesibilidad e implantación de nuevas tecnologías, etcétera.

Las previsiones apuntan a que, como consecuencia de esta inversión se produzca un efecto anticíclico, que redundará en industrias auxiliares como la construcción –encargada de llevar a cabo las mejoras-. Además, se contribuirá a elevar el nivel y atractivo de la oferta turística, y su calidad.

Inversiones financiables
Así pues, el Plan Renove Turismo financiará inversiones en infraestructuras y/o equipamiento destinadas a incrementar la calidad y el valor añadido del producto; a facilitar la accesibilidad y suprimir barreras arquitectónicas; a mejorar la sostenibilidad, etcétera y entra en vigor desde el momento de suscripción del Convenio entre el ICO y el Ministerio. Tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2009.

En cuanto a las condiciones financieras ya definidas, el Estado cede esta financiación al 0% y el tipo de interés final aplicable al beneficiario será del 1,5%, margen establecido por las entidades de crédito. El importe máximo a financiar será del 90% de la inversión neta y el límite máximo acumulado por beneficiario será el que corresponda aplicar al plazo de amortización elegido entre las diferentes opciones:
En primer lugar, de cinco años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de un año con un límite máximo acumulado de inversión de 1.000.000 euros. La segunda opción es de siete años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de dos años con un límite máximo acumulado de inversión de también un millón de euros. En tercer lugar, diez años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de tres años con un límite máximo acumulado de inversión de 660.000 euros. Y, finalmente, de doce años sin período de carencia, o con un período de carencia del principal de cuatro años con un límite máximo acumulado de inversión de 660.000 euros. l

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